Concepto
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Definición
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Área del derecho con el que se relaciona
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Fuente
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Aportación de
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Idealista |
Partidario de la tendencia filosófica del idealismo según la cual todo lo existente se reduce al pensamiento, con lo que la única realidad posible es la que aparece como consciente |
Introduccion al Estudio del Derecho
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Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas, Sociales y de Economía, Editorial Universidad, Buenos Aires, 1996, pág.490)// |
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Ideal |
Concerniente a la idea // Lo más perfecto // Aspiración supremo // Modelo, prototipo// Ideario (v. Concurso, derecho y parte ideal) |
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Ignacio Comonfort |
Presidente de la República. Nació en un pueblo del sur del Estado de Puebla. De ascendencia francesa, realizó sus estudios en la capital de su Estado. Nombrado ayudante del ejército durante la campaña del Valle, en 1847 y administrador de la Aduana de Acapulco en 1854, Comonfort está considerado como uno de los promotores del Plan de Ayutla, reformado en Acapulco en marzo de 1854. Al poner sitio Santa -Anna al puerto de Acapulco, Comonfort se encerró en el castillo de San Diego, y no lo abandonó hasta que se retiraron las fuerzas del gobierno. Emprendió un viaje a Estados Unidos con el fin de conseguir recursos para sus planes. En Nueva York conoció a Gregorio Ajuria, quien le prestó sesenta mil pesos, con la condición de recibir doscientos cincuenta mil si la revolución triunfaba. De regreso en México ocupa el cargo de general en jefe de las tropas del Estado de Michoacán. Emprende desde allí su ofensiva, donde toma en primer lugar la plaza de Zapotlán, y posteriormente la de Colima. Es nombrado ministro de la Guerra por el general Álvarez en octubre de 1855. En diciembre de 1857 presta juramento como presidente constitucional y disuelve el congreso. Durante su corta administración tuvo que reprimir la rebelión de Zacapoaxtla. Abandonado por todas las tropas, los rebeldes ocuparon Puebla. Comonfort tuvo que reclutar e instruir nuevas tropas, en muy poco tiempo, pro al fin se presentó con un ejército de 16 000 hombres ante la plaza de Puebla. Triunfa en la batalla de Ocotlán y toma la ciudad. Tuvo que luchar contra numerosas rebeliones, entre ellas las de Zacatecas, Jalisco y San Luis Potosí. Durante su mandato se promulgó la Ley sobre Desamortización de Bienes de Manos Muertas. Después de jurar la Constitución de 1857, Comonfort da el golpe de Estado que lleva su nombre. El 21 de enero de 1858 deja la presidencia y emprende un viaje hacia Estados Unidos, acosado por progresistas y conservadores. En 1861 la guerra de secesión estadounidense, lo obliga a regresar a México. Pide asilo a Santiago Vidaurri, gobernador del Estado de Nuevo León. Al conocer Juárez la presencia de Comonfort en el país, solicita al gobernador la entrega del expresidente como prisionero: Vidaurri se niega, y Juárez renuncia su intento. Durante la Intervenición Francesa Comonfort ocupa el cargo de general en jefe del ejército. En noviembre del mismo año partió de Querétaro para San Luis Potosí, pero fue atacado en el camino por una guerrilla al mando de la cual estaba Sebastián Aguirre, quien lo asesinó de una lanzada en el corazón en Diciembre de 1864.
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Historia del Derecho
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Enciclopedia Práctica del Estudiante. México: Biografías y Cronología Histórica.
Editorial Promexa. Primera Edición. Pp 61 y 62. México 1982. |
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Ignorancia. |
Falta de instrucción o de conocimientos; der. Desconocimiento de la ley, a consecuencia de falta de instrucción o debido a descuido o negligencia.
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Introducion al Estudio del Derecho
Historia del Derecho
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Salvat- Universal, Diccionario enciclopédico.
Tomos 8 y 12.
Páginas: 187, 480 y 32. |
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Ignorancia. |
Desconocimeito de la ley, el cual a nadie excusa, por que rige la
necesaria presunción o ficción de que, habiendo sido aquella promulgada, han de saberla todos. |
Introducion al Estudio del Derecho
Historia del Derecho
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Diccionario Enciclopédico Espasa.
Tomos 7, 8 y 11.
Páginas: 4175, 4529 y 6528. |
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Igualdad |
En derecho, que la ley no establece distinciones individuales respecto a aquellas personas de similares características, ya que a todas se les reconocen los mismos derechos y las mismas posibilidades.
1 Carácter de lo que es igual.
2 Expresión de la equivalencia de dos cantidades.
3 Correspondencia y proporción que resulta de las partes que uniformemente componen un todo.
4 Igualdad ante la ley: Principio según el cual todas las personas tienen los mismos derechos, y por tanto, han de ser tratadas de la misma manera.
=Derecho
5 Igualdad de oportunidades: Situación en que todos los individuos tienen, no sólo legalmente, sino de hecho, las mismas posibilidades
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Impedimento legal |
Involucra todos aquellas circunstancias que pueden afectar la imparcialidad de un juez, de un magistrado o de un magistrado o de un ministro para conocer
de determinado negocio
Hecho o circunstancia personales que ocurren en un funcionario judicial y que lo obligan a inhibirse del conocimiento de determinado juicio por ser obstáculos para que imparta justicia.
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Derecho Constitucional
Dercho de Amparo
Garantias Individuales
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Diccionario de Derecho constitucional, garantías, y amparo, Borgoa O. Ignacio Ed. Porrua
Diccionario de Derecho Profesional Civil, Pallares Eduardo Ed. Porrua |
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Impuesto |
Clase de tributo, obligación ex lege de Derecho Público de contenido pecuniario y cuyo acreedor es un ente público, esta obligación ha surgido por la realización de un hecho imponible por el sujeto pasivo.
También son los tributos exigidos sin contraprestación, cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos de naturaleza jurídica o económica que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo, como consecuencia de la posesión de un patrimonio , la circulación de los bienes o la adquisición o gastos de la renta.
El impuesto se paga para fincar servicios públicos indivisibles, caracterizados por la imposibilidad de cuantificar la utilidad que reportan a cada usuario y en consecuencia el costo que a cada uno de ellos le corresponde asumir.
Hay distintas clases de impuestos:
· Impuestos directos e indirectos
· Impuestos reales y personales
· Impuestos objetivos y sujetivos
· Impuestos instantáneos y periódicos
En México los impuesto vigente son:
· Impuestos Sobre la Renta (ISR)
· Impuesto al valor agregado (IVA)
· Impuesto sobre especial de productos y servicios (IEPS)
· Impuesto al comercio exterior (ICE)
· Impuesto sobre el activo (IMPAC)
· Impuestos sobre la tenencia vehicular (ISTV)
· Impuestos sobre la prestación de servicios telefónicos (IPST)
· Impuesto sobre el trabajo personal subordinado (ISTPS)
· Impuesto sobre automóviles nuevos (ISAN)
· Impuestos a la adquisición de bienes inmuebles (ABI)
· Impuestos por rendimientos petroleros (IRP)
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Derecho Fiscal
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Varona, J.E., Enciclopedia Jurídica Básica, Vol. II., Ed. Civitas, Madrid
1994, Pp.3381-3381 |
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Imprescriptible |
Dícese de las cosas o bienes que no pueden ser objeto de la llamada "prescripción adquisitiva o positiva", o, más correctamente, de la usucapión. De acuerdo con la doctrina, es un error confundir la prescripción con la usucapión. Esta es una forma de adquirir el derecho de propiedad mediante la posesión de la cosa en que recae, en una forma pacífica,
continua, pública y a título de dueño, por todo el tiempo que establece la ley |
Derecho Civil
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E. Gutiérrez y González, p.488) |
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Imprescriptible |
Aplicable a la acción o hecho que no es suceptible de prescribir por el simple transcurso del tiempo. * Caracteríctica de un derecho o acción
mo existinguible por perscripción. |
Derecho Civil
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Diccionario Jurídico
Ed. Valletta
María Laura Valleta
pag.380 |
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Imputable |
Capaz penalmente// Individuo a quien cabe atribuirle un delito por la conciencia, libertad, voluntad y lucidez con la que ha obrado |
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Imputado |
Dícese de la persona a la que se le atribuye un delito o una falta. |
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Inalienable |
En derecho civil, dícese de las cosas o bienes que aunque pueden ser de propiedad particular, o que incluso son ya de propiedad particular no pueden ser objeto de un contrato traslativo de dominio, aún cuando si pueden ser objeto de otros tipos de contrato |
Derecho Civil
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Ernesto Gutiérrez y González, p. 134). |
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Inalienable |
Calidad de aquello que no puede ser susceptible de enajenación o de lo inalienable.
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Derecho Civil
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pág199, Diccionario jurídico Elemental, Guillermo Labanellas, editorial Heliasta |
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Inalienable |
Conforme al derecho civil, son las cosas o bienes que aunque pueden ser de propiedad particular, o que incluso son ya de propiedad particular no pueden ser objeto de un contrato traslativo de dominio, aún cuando si pueden ser objeto de otros tipos de contrato (Ernesto Gutiérrez y González, p. 134. Por ejemplo, el art. 727 del CC establece que: "Los bienes afectos al patrimonio de la familia son inalienables y no estarán sujetos a embargo ni gravamen alguno". Sim embargo, cuando se dice de los bienes de dominio público que son "inalienables", como la establece el a. 16 de la Ley General de BienesNacionales, que sigue en ello al a. 27, pfo. sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se usa "inalienable" en un sentido más restringido, ya que los bienes de dominio público, por definición, no pueden ser de propiedad particular. La Constitución se ha valido del régimen de inalienabilidad e imprescriptibilidad a que están sujetos los bienes de dominio público para asegurar que la Nación mexicana conserve siempre la propiedad sobre esos bienes. |
Derecho Civil
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Gutierrez y Conzalez,Ernesto, El patrimonio. Pecuniario y moral o derechos de la personalidad y derecho sucesorio, 2a. ed., México, Ed. Cajica, 1980; Madrazo, Jorge, "Comentario al artículo 27 constitucional". en Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos comentada, México, UNAM, 1985. |
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Inamovilidad laboral |
Después de la obtención de un procedimiento administrativo que garantice a los trabajadores su derecho a que se respete la inamovilidad (entendamos la inamovilidad como el derecho que tienen ciertos empleados y funcionarios, especialmente los jueces y magistrados a nos ser destituidos, trasladados, suspendidos, ni jubilados sino por alguna de las causas prevenidas en las leyes), la autoridad administrativa competente que debe ejecutar la orden de reenganche y pagar los salarios caídos del trabajador beneficiario de la inamovilidad ratificada por la decisión del Inspector.
Esta obligación de hacer que tiene el patrono de acatar y de reinstalar al trabajador en las mismas condiciones que tenia antes del despido arbitrario que él llevó a cabo, obligación que no admite cumplimiento por equivalente, sino por el contrario, reincorporación física , y la cual no puede ser cambiada por una indemnización tarifaría, se ve entrabada por no existir un mecanismo idóneo que haga ejecutar esa decisión; y es entonces cuando el patrono cree falsamente que no debe cumplir con dicha decisión de reenganche y pago de salarios caídos y se fundamenta en que no existe un mecanismo que se encargue de velar por el cumplimiento de la decisión por parte del empleador.
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http://www.monografias.com/ trabajos12/ampalab/ ampalab.shtml#DESCONOC |
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Incapacidad |
Falta de capacidad civil originada por causas que restringen o modifican la facultad de obrar. |
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Incapacidad |
Es la situación en que se encuentra un individuo privado de regir su persona y sus bienes.
Se requiere de una excepción formulada por la ley para considerar a alguna persona como incapaz o en estado de estupidez para llevar a cabo el nacimiento de una relación jurídica cualquiera que ésta sea.
La incapacidad Natural es también la que se tiene por la minoría de edad; la incapacidad legal la determina la ley en los casos de que sean personas mayores de edad que considere no aptas par llevar a cabo su capacidad de ejercicio y de goce.
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Derecho Civil
Introduccion al Estudio del Derecho
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Santos Azuela, Héctor. Nociones de Derecho Positivo Mexicano. Editorial Addison Wesley Longman. Segunda edición. México, 1998. pp.238 |
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Incapacidad |
Ausencia de capacidad la cual se ha definido como la "aptitud de un sujeto para ser sujeto de derechos y obligaciones y para ejercerlos por si mismo". |
Derecho Civil
Introduccion al Estudio del Derecho
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Guillermo Cabarellas,, Diccionario Enciclopédico de Derecho Visual, Editorial Heliasta. |
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Incapacidad |
La incapacidad será de goce y de ejercicio. La primera consiste en la ineptitud del sujeto de ser titular de derechos y obligaciones y la incapacidad de ejercicio en la ineptitud del sujeto para poder actuar por si mismo en la vida jurídica.
Defecto o falta de capacidad. Carencia de la aptitud legal para ejercer derechos y contraer obligaciones.
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Derecho Civil
Introduccion al Estudio del Derecho
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Instituto de Investigaciones Jurídicas, Diccionario Jurídico Mexicano, Editorial Porrua pág 1659 |
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Incapacidad Parcial Permanente |
Se considera tal, aquella lesión que al ser dada de alta una persona, deja a ésta con una inutilidad que disminuye la capacidad para el trabajo a que
se dedicaba al ocurrir el accidente.
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Incapacidad Permanente y Absoluta |
Se considera así aquella que inhabilita por completo al obrero para toda
profesión u oficio. |
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Incapacidad Total para la profesión habitual |
Se considera que lo es toda lesión que, después de curada deja una inutilidad absoluta para todos los trabajos de la misma profesión, arte u oficio a
que se dedicaba la persona al sufrir el accidente, aunque pueda dedicarse a otra.
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Incapacitado |
Individuo privado de alguno de sus derechos naturales o civiles. |
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Incapacitar |
Acción de privar de la capacidad jurídica o de obrar a una persona, por concurrencia de determinadas causas legales.
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Incesto |
Unión carnal entre personas que no pueden casarse por razón de parentesco. |
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Incidente |
Procedimiento legalmente establecido para resolver cualquier cuestión que, con independencia de la principal, surja en un proceso.
Generalmente (con error) se denomina incidente a la cuestión distinta de la principal.
Del latín incidens, incides que suspende o interrumpe de cedere, cabruna
cosa dentro de otra. En general lo casual, imprevisto o fortuito// Acontecimiento
o suceso// Cuestión.
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Diccionario de Derecho"; Rafael de Pina Vara; editorial Porrúa; 31a. edición; México2003; pp.316. |
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Incoercibilidad |
Esta palabra significa que su cumplimiento ha de efectuarse de manera espontánea, podemos citar el ejemplo de un pordiosero que nos implora una limosna, la máxima que ordena proteger al necesitado, es ayudarlo en forma espontánea; pero si nos negáramos a ayudar, jamás se nos sancionará, no obstante de estar violando la norma ética o moral. |
Derecho Civil
Introduccion al Estudio del Derecho
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Nociones de derecho
Dr. Manuel. Rarrión
Ed. 2
Ediciones Betas
México 1989
12,13 pag. |
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Incoercibilidad |
Se manifiesta, en virtud de que no existe la posibilidad de hacer cumplir el mandato de la norma si la persona no está de acuerdo con él. Claramente la identificamos con el ejemplo de que no existe la posibilidad que materialmente nos lleven a la iglesia en contra de nuestra voluntad. |
Derecho Civil
Introduccion al Estudio del Derecho
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Introducción al derecho Positivo Mexicano
Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez
Ed. Noriega Limusa
Ed. 3
México 1991
48,49 pag |
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Inconcuso |
Gramaticalmente quiere decir: Firme, seguro // Evidente, inconvertible; sin duda ni contradicción // incontestable. |
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Diccionario de la lengua española. 22ª ed. Madrid, Real Academia Española, 2001, 1614 p. |
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Inconstitucional |
Acto o norma cuyo contenido está en contradicción con la Constitución Política del Estado.
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Diccionario de Derecho"; Rafael de Pina Vara; editorial Porrúa; 31a. edición; México2003; pp.317. |
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Incorporación |
El vocablo incorporación viene del latín incorporatio, incorporationis, que significa acción de incorporar, o sea, agregar, juntar, unir dos o más cosas entre sí para formar una sola, en este caso, el derecho y él titulo.
Esta característica también conocida como inmanencia o compenetración, se hace consistir en que él titulo es portador del derecho, ya que se encuentra tan estrechamente ligado a el, que sin la existencia del titulo mismo, tampoco existe el derecho, ni por lo tanto, la posibilidad de su ejercicio.
Según Langle, “el derecho no se puede exigir ni transmitir sin el documento, y su vez, cuando se desprende del documento, se ha dispuesto del derecho materializado en el mismo”. Del contenido del párrafo anterior se infiere él porque el derecho es considerado un accesorio respecto del documento que es el principal, situación que corrobora el texto del Art. 5º. De la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Por otra parte, Tena entiende la incorporación “como una compenetración del derecho en él titulo u objetivación de la relación jurídica en el papel”.
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Derecho Mercantil
Titulos y Opperaciones de Credito
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Derecho Mercantil
Los títulos de crédito y el procedimiento mercantil
Salvador García Rodríguez
ED. Porrua
Pág. 20
Tercera Edición
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Incorporación |
El vocablo incorporación, viene del latín incorporatio , incorporationes, que significa acción de incorporar, o sea, agregar, juntar, unir dos o más cosas entre sí para formar una sola, en este caso el derecho y el título. También conocido como imanencia o conpenetración, se hace consistir en que el título es portador del derecho, ya que se encuentra tan estrechamente ligado a él, que sin la existencia del título mismo, tampoco existe el derecho, ni por lo tanto, la posibilidad de su ejercicio.
En nuestra legislación, el principio de la incororación está reconocido y aplicado a los títulos de crédito por la ley de la materia, ya que:
a. Es necesario exhibir el título para ejercitar el derecho literal que merece consigna ( art. 17 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito)
b. Es necesario restituir el título al deudor cuando el derecho es pagado, y consignar en el título cualquier pago parcial que se haga (art. 8º fracciónVII LGTOC)
c. No es posible transmitir el título sin transmitir también el derecho que en él se consignan ( art. 18)
d. Es necesario reivindicar el título para reivindicar las mercancías que él representa (art. 19)
e. Es necesario comprender el título en el embargo o en cualquier otro vínculo que afecte el derecho que en él se menciona, para que dicha afectación surta efectos legales (art. 20)
f. Es necesario que el endoso conste en el título o en hoja adherida a él, para que el tenedor y el deudor puedan legitimar el uno su reclamación, y el otro su pago (art. 29)
En conclusión, puede afirmarse que la consecuencia práctica que resulta de lo anterior, es que quien tiene el título, tiene el derecho, y por lo mismo, tratándose de títulos de crédito, el principal es el documento y lo accesorio es el derecho, porque el que tiene el documento, legítimamente tiene el derecho a el incorporado.
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Derecho Mercantil
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García Rodríguez, Salvador. Derecho Mercantil. Editorial Porrúa, México 1998, pp.295
Tena, Felipe de Jesús. Derecho Mercantil Mexicano. Editorial Porrúa. México, 1998. pp 606
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Inculpado |
Persona sobre la que pesa una inculpación |
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Diccionario de Derecho"; Rafael de Pina Vara; editorial Porrúa; 31a. edición; México2003; pp.317 |
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Inculpación |
Manifestación mediante la cual se atribuye a persona determinada la comisión de un acto delictivo. Acusación. |
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Diccionario de Derecho"; Rafael de Pina Vara; editorial Porrúa; 31a. edición; México2003; pp.317 |
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Indebidamente |
De forma indebida; ilícito, injusto |
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Diccionario jurídico mexicano; editorial Porrúa; 31a. edición; México 2001 UNAM; 4 v. |
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Indemnización |
Acción y efecto de indemnizar, reparación legal en dinero o en especie de un daño o perjuicio causado. |
Contratos Civiles
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"Treviño García, Ricardo, 1933-" Los Contratos Civiles y sus Generalidades / Ricardo CardoTReviño García. " McGraw-Hill, 5 ed,1995 México, Pag. 152. |
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Indemnización |
Compensar al individuo de acuerdo a la ley por haber causado un daño o perjuicio a otro individuo por lesión, daño o perjuicio. |
Contratos Civiles
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Diccionario de Sinónimos
Acervo Jurídico 2000 Copyright 1998, 1999, 2000 Casa Zepol, S. A. de C. V.
Todos los Derechos Reservados |
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Indígena |
- Originario del país.
- Establecido en un país desde tiempo inmemorial.
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GARCÍA-PELAYO Y GROSS, Ramón. Pequeño Larousse Ilustrado, Edit. Larousse, México 1993, pág. 573. |
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Indubitable |
Que no puede dudarse. |
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Indulto |
Remisión o perdón, total o parcial, de la pena impuesta al autor de un hecho delictuoso. |
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Ineficacia |
(De ineficaz).
1. f. Falta de eficacia y actividad |
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DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA Vigésima segunda edición http://www.rae.es/ (31 de agosto del 2005) |
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Ineficacia del Título |
Se refiere a: PERJUICIO, DETERIORO O EXTRAVIO DEL TITULO: EL Reglamento ha previsto los supuestos en que el Título se perjudique, deteriore o extravíe. Para tal efecto, el último tenedor y endosatario deberá seguir el procedimiento judicial de Ineficacia del Título, conforme a las normas del Proceso Abreviado. La demanda de Ineficacia deberá ser anotada en el Registro, para lo cual deberá tenerse en cuenta las normas sobre Medida Cautelar. Es materia de inscripción, igualmente, la Sentencia que declara la ineficacia del Título, siendo que esta última constituye requisito previo para que el demandante solicite al Registro la expedición de un duplicado del Título.
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Inhabilidad |
Imposibilidad de efectuar correctamente un gesto dado. |
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Iniciación de vigencia |
: Es el momento en el cual una ley empieza a tener fuerza obligatoria para todos, es decir, es cuando inicia su ámbito temporal de aplicación. |
Drecho Civil
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"Derecho de los Negocios", Thompson editorial mexicana, Juan A. Rangel y Roberto San Román |
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Iniciación de vigencia |
Iniciación de vigencia: Es la fase final del proceso legislativo, mediante el cual una ley empieza a tener vigencia para todos. En nuestro país existen 2 tipos relativos a ésta fase: sucesivo y sincrónico. Es sistema sucesivo entra en vigor en los tres días posteriores a lapublicación, o en su caso se agregan días por cada 40 Km de distancia. En el sincrónico mejor se establece una fecha posterior a la publicación para que entre en vigor.
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Derecho Civil
Introduccion al Estudio del Derecho
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Villazón, Rodríguez, María del Pilar, "Introducción al estudio del Derecho", Porrúa, México,1990, Peniche, Bolio, Francisco |
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Iniciativa |
Derecho de presentar una propuesta // Ejercicio de tal facultad// Prelación o anticipación en as manifestaciones o en los hechos ; consagrada en la máxima: Prior tempore, potiour iure (el primero en el tiempo es el mejor en derecho). |
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Iniciativa de Ley |
Una propuesta de reforma o adición a una ley que no ha sido todavía aprobada por el Congreso o Parlamento.
- Período Legislativo :
Es un período de cuatro años, al cabo del cual la Cámara de Diputados se renueva en su totalidad y el Senado en forma parcial.
- Primer Trámite Constitucional :
Se le llama así a todo el proceso de discusión del que es objeto un proyecto de ley en la Cámara donde fue presentado originalmente (cámara de origen). Es decir, incluye la discusión general de sus ideas fundamentales, informes de comisiones y la discusión en particular de la Sala que revisa artículo por artículo.
- Promulgación :
Acto formal de aprobación del proyecto de ley por el Presidente de la República , quien debe dictar un decreto promulgatorio en un plazo de 10 días desde que es aprobado el proyecto. Por este acto, se atestigua sobre la existencia de la ley y se ordena su ejecución.
- Proyecto de Acuerdo :
Es la proposición que cinco o más diputados presentan por escrito a la Sala con el objeto de adoptar acuerdos o sugerir observaciones sobre los actos de Gobierno, o bien, obtener un pronunciamiento de la Cámara sobre temas de interés general.
- Proyecto de Ley :
Es la iniciativa de ley que ingresa al Congreso Nacional para cumplir el trámite de formación de la ley. Cuando es presentada por el Ejecutivo se denomina “mensaje”, y si lo hacen los parlamentarios se denomina “moción”.
- Publicación de la Ley :
Medio por el cual se da a conocer a los ciudadanos el texto de la ley. Desde el momento de la publicación la ley es obligatoria y se presume conocida por todos los ciudadanos.
- Quórum :
Es la cantidad mínima de parlamentarios presentes necesaria para el inicio de una sesión o para la adopción de acuerdos.
- Receso Parlamentario :
Es el período que media entre dos Legislaturas Ordinarias, es decir, desde el 19 de septiembre al 20 de mayo. Se interrumpe por la Convocatoria o Autoconvocatoria.
- Sanción de la Ley :
Pronunciamiento de aprobación, rechazo o modificación del Ejecutivo sobre un Proyecto de Ley que ya ha sido aprobado por el Senado y la Cámara de Diputados.
- Sesión :
Es cada reunión celebrada por el Congreso o por alguna de sus comisiones.
- Segundo Trámite Constitucional :
Se refiere al proceso de tramitación por el que atraviesa un proyecto de ley, ya aprobado en su cámara de origen, en aquella cámara donde no fue presentado el proyecto originalmente (cámara revisora).
- Tabla :
Es el conjunto de proyectos de ley u otras materias de las que pueden ocuparse las Cámaras o sus comisiones en una determinada sesión.
- Tercer Trámite Constitucional :
Es el proceso por el que debe atravesar un proyecto de ley una vez que ha cumplido su tramitación en la cámara revisora, y han surgido discrepancias con lo aprobado por la cámara de origen.
- Urgencia :
Es la facultad constitucional, privativa del Presidente de la República , para otorgar preferencia al conocimiento y despacho de ciertos proyectos de ley por el Congreso Nacional. Existen tres tipos de urgencias:
1) Simple Urgencia, que significa que el proyecto debe ser conocido y despachado por la respectiva Cámara en el plazo de 30 días
2) Suma Urgencia, que significa que el proyecto debe ser conocido y despachado por la respectiva Cámara en el plazo de 10 días
3) Discusión Inmediata, que significa que el proyecto debe ser conocido y despachado por la respectiva Cámara en el plazo de 3 días.
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Diccionario de Derecho"; Rafael de Pina Vara; editorial Porrúa; 31a. edición; México2003; pp.468. |
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Injuria |
Expresión preferida o acción ejecutada por una persona como manifestación de desprecio contra otra, con el fin de causarle una ofensa (art. 348 del Código Penal para el Distrito Federal)
Caracteriza fundamentalmente a la injuria el menosprecio que la expresión o acto en que consiste supone para la persona contra la que se dirige.
La injuria es un delito característicamente internacional, por lo que no cabe que se cometa sin la existencia del animus injuriand , que significa el propósito deliberado de ofender, deshonrar o menospreciar. |
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Diccionario de Derecho"; Rafael de Pina Vara; editorial Porrúa; 31a. edición; México2003; pp.321. |
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Inmatriculación |
Neologismo jurídico cuyo significado general se refiere a tanto a la acción como al efecto de matricular, registrar, anotar o inscribir. Constituye por tanto la inscripción, registro, anotación de personas, cosas, actos o contratos. // Dentro del derecho hipotecario la inmatriuclación ha sido definida como la representación de un inmueble en el registro; inmobiliario mediante la atribución de este inmueble de la hoja especial en que se figuran todos los derechos reales de los cuales sea objeto.
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Inmunidad |
El Hábeas Corpus no procede para atacar sentencia de casación por supuesta violación al debido proceso y al derecho de defensa."UNICO.- En la propia ley número 7128 de la Jurisdicción Constitucional se agregó un inciso 6°, al artículo 490 del Código de Procedimientos Penales, permitiendo el recurso de revisión cuando la pena impuesta en sentencia firme, lo hubiera sido con quebranto de las normas que regulan el debido proceso o sin conceder al condenado oportunidad de defensa, la alegación planteada por el recurrente resulta entonces ser propia de un recurso de esa índole y no del de hábeas corpus." |
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Innovación |
- Acción y efecto de innovar
- Lo que es nuevo; creación; transformación.
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PEQUEÑO LAROUSSE ILUSTRADO 2002, 8ª edición, Edit. Larousse, Colombia 2002. Pág. 560. |
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Inoficiosas |
Aquello que lesiona los derechos de herencia forzosa, aplicándose a los actos de última voluntad y a las dotes y donaciones.
Puede recaer en:
- Testamentos – cuando el testador ha desheredado injustamente u omitido las personas a quienes debía dejar la herencia.
- Donación – cuando el donador ha dado tanto a uno de sus hijos que en los bienes que quedan no hay bastante para cubrir la legítima de los otros.
- Dote – cuando es tan excesiva que impide a los demás hijos el tener su legítima en la sucesión de los padres.
Lo que contraviene los deberes familiares de piedad, consignados en las leyes, así como todo aquello que se hace fuera de tiempo contra lo que mandan las leyes.
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ENCICLOPEDIA JURÍDICA OMEBA, tomo XV, Edit. Driskill S.A. , Argentina 1989, pág. 993 |
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Inordinación. |
- Se refiere a una acción sin un procedimiento ordenado.
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Historia del Derecho
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ABBAGNANO, Nicola, DICCIONARIO DE FILOSOFÍA, segunda ed., Ed. Fondo de Cultura Económica, México 1974, pp. 1206 |
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Institución |
Establecimiento o fundación de una cosa // Cosa establecida o fundada // Cada una de las organizaciones fundamentales de un Estado, como república, monarquía , o democracia// Cada una de las materias de las diversas ramas del derecho.
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Instruccion |
En el derecho procesal civil, la instrucción es "el periodo del juicio civil durante el cual se producen las pruebas y se oyen los alegatos de las partes, a fin de poner el proceso en estado de citación para sentencia". En el derecho procesal penal, de conformidad con el a. 1o.,
fr. I del CFPP, la instrucción "comprende las diligencias practicadas por los tribunales con el fin de averiguar la existencia de los delitos, las circunstancias en que hubieran sido cometidos y la responsabilidad o irresponsabilidad de los inculpados". Ejemplo: la primera corre a partir del
auto denominado de radicación, de inicio o cabeza de proceso, y culmina con el auto de formal prisión, o bien, en su caso el auto de soltura o de libertad por falta de méritos o de elementos para proceder. La segunda fase de la instrucción se extiende desde el punto en que culmina la primera fase hasta el auto que declara cerrada la instrucción. Ver: Juicio, Proceso,
Sentencia. |
Derecho Procesal Penal
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García Ramnirez, Sergio, Curso de derecho procesal penal, 2a. ed., México, Porrúa, 1977, p. 338; Pallares, Eduardo, Diccionario de derecho procesal civil, 15a. ed., México, Porrúa, 1983, p. 424. |
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Intangibilidad Laboral |
Intangible significa que no debe o no puede tocarse. Por lo tanto la intangibilidad laboral es que existen ciertos derechos que tienen los trabajadores que no pueden y mucho menos ser tocado, por ejemplo el derecho a la huelga, el derecho a un salario, el derecho a pertenecer a un sindicato. En pocas palabras la intangibilidad laboral implica la prohibición de afectar la esencia del derecho al trabajo. Los derechos de los trabajadores son irrenunciables
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http://buscon.rae.es/ diccionario/drae.htm |
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Integración |
Acción y efecto de integrar o integrarse. |
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Diccionario Jurídico Espasa.Ed.Espasa, Madrid 1998. p.1010 |
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Interdicto |
Persona sujeta a interdicción. Juicio posesorio. Restricción de la capacidad impuesto judicialmente, por causa de enfermedad mental, prodigalidad, estado de quiebra , etc., que priva a quien queda sujeto a ella del ejercicio, por sí propio, de loa actos jurídicos relativos a la vida civil.
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Diccionario de Derecho"; Rafael de Pina Vara; editorial Porrúa; 31a. edición; México2003; pp.327. |
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Interés Público |
Según la pequeña investigación que realizamos ni la doctrina ni la jurisprudencia han construido un concepto unitario de interés público y, como consecuencia de ello, se carece de un punto de referencia común, sin embargo dentro de las definiciones más amplias podemos encontrar la siguiente:
El interés público, está referido a todo aquel acontecimiento o hecho, involucre a un sujeto de la administración o privado, que pueda causar peligro o daño a la colectividad, sea en actividades políticas, económicas, sociales, ambientales, religiosas o de cualquier otro tipo. Además encontramos otro elemento muy importante e incluso lo podríamos considerar esencial y es, que ese interés público debe ser actual, pues sin ese elemento, exigido por la jurisprudencia y la ley, pierde todo sustento
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Interés Social |
El interés social puede definirse como el concepto de los fines tenidos en cuenta por la totalidad de los accionistas al momento de contratar. Es "el interés común a todos los accionistas . . . la actividad inherente al objeto social, . . . encaminada a obtener beneficios" . La jurisprudencia lo ha definido como "el interés a un beneficio común que se realiza mediante una actividad común que se transmite a todos los socios"
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http://www.sociedades-uba.com.ar/interes.htm |
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Intermediario |
El que media entre dos o más personas, para arreglar un negocio, por lo general entre vendedores y compradores a efecto de ajustar contratos.
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Interpretación |
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“La declaración, explicación o aclaración del sentido de una cosa o de un texto incompleto, obscuro o dudoso. La obscuridad, la duda o la laguna legal puede encontrarse en las palabras o en el espíritu de las normas positivas, en los contratos, en los hechos, en las demandas, en las sentencias, en cualquiera de los actos o de las relaciones jurídicas; de ahí la amplitud y variedad de la interpretación, para aclarar la situación real o la voluntad verdadera, que por ello mismo se considera en voces separadas e inmediatas a ésta.”
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Dercho Civil
Introduccion al Estudio del Derecho
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Cabanellas, Guillermo, Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Ed. Heliasta, Tomo IV, p.p. 472 |
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Interventor |
El interventor es la institución creada por la ley
para cuidar que se respetan los derechos de
determinados interesados en la sucesión. Los interventores no son nombradospor el testador y sufunción es la de vigilar al albacea, de aqí que en líneas generales por interventordebamos entender "el vigilante de los actos del albacea".
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Derecho Civil
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Baqueiro Rojas E. et al.Derecho de Familia y
Sucesiones. (1990). Ed. Harla. México, D.F. p.p. 373. |
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Interventor |
Intervención es mostrarse parte en un juicio, asistir con autoridad en algún negocio o acto jurídico o figurara en un contrato como parte. Es la función crítica o fiscalizadora que debe realizarse sobre todos los actos, documentos
y expedientes de las administraciones públicas, en los que se deriven derechos y obligaciones de contenido económico.
El interventor debe fundamentalmente mantener la continuidad del gobierno atendiendo a la definitiva reorganización de los poderes locales.
En los juicios sucesorios hay dos clases de interventores, el que nombre el juez en determinados casos y el que nombra la minoría de los herederos que no están conformes con la designación de la albacea hecha por la mayoría.
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Derecho Civil
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Enciclopedia Jurídica Omega. (tomo XVI), Argentina, Ed. Drisvill, 1978. 1053 pp. |
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Intimidad |
La intimidad es un derecho constitucional del individuo (art. 18, apartados 3 y 4 ), que con los medios de comunicación tradicionales, como el correo postal, correo certificado, los apartados de correo, etc., están más que garantizados. En cambio, con el uso generalizado de los sistemas de comunicación electrónicos, la intimidad y el anonimato de las personas resultan crecientemente amenazados.
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http://www.iec.csic.es/ criptonomicon/info.html |
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Intinerante |
Que se desplaza para ejercer una función determinada. |
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Islamismo |
Se le conoce con este nombre a la ideología política, social y
religiosaque nos remite a una sociedad que se guía por los principios de la Ley Islámica,mejor conocida como Sharia. Su supuesta creación nace alrededor del año 600 de nuestra era con el profeta conocido como Mahoma, en la ciudad dela Meca. A este personaje se le atribuye la unificación del mundo árabe,sin embargo esto no quiere decir que este mundo es al que conocemos como
oriental. El Islam pertenece más bien a la zona mediterránea, incluso está mucho más unido al Cristianismo de lo que se cree corrientemente.
Una y otra vez la investigación moderna llega a la conclusión de que Mahoma
no quiso tanto fundar una religión completamente nueva como una secta cristiana “hecha por árabes para árabes”. Esta última idea fue la que los contemporáneos a Mahoma, como Damasceno, tenían. Por esto se ve que la distancia
entre religiones no es tan amplia como parece, sin embargo los roces políticos y sociales de los últimos dos siglos son los que han deformado la imagen del islamismo en occidente y viceversa.
La importancia de dicha religión es su fundamentalismo religioso el cual lleva a sus seguidores a regir su vida totalmente bajo la letra del Corán y los llamados “comentarios de Mahoma”, es decir, el Sunna y el Hadit.
Su unidad radica en su creencia en la igualdad entre el mundo árabe.
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Historia del Derecho
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Reader´s Digest. Gran Diccionario Enciclopédico Ilustrado. Editorial Reader´s Digest, Madrid, España, 1982.
Página 1978 – Tomo G-K
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IURA NOVIT CURIA |
Se refiere al deber de mantener la supremacía de la Constitución aplicando en caso de colisión de normas, la de mayor rango, vale decir, la constitucional y desechando la de rango inferior, esta facultad corresponde a los jueces de cualquier fuero, jurisdicción o jerarquía, nacionales o provinciales que por estar involucrada en el deber de aplicar el derecho vigente, no puede estar supeditada al requerimiento de las partes.
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PINA VARA, Rafael.Diccionario de Derecho.33ª edición, Ed.Porrua, México
2004. p.525
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Iure in re |
Derechos reales, se refiere a los derechos reales que se constituyen sobre una cosa.
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IUS IN BELLO ; IUS AD BELLUM |
El primero significa “el cuerpo de las leyes y las costumbres de Guerra” El segundo significa “El derecho de hacer la guerra”.
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Izquierda |
En política , izquierda es un término que se refiere (sin precisión particular) al segmento del espectro político típicamente asociado a cualquier clase de socialismo o socialdemocracia en oposición a la derecha política y al liberalismo económico .
La terminología de izquierda-derecha política está originalmente basada en el lugar en el que se sentaban los partisanos parlamentarios durante la Revolución Francesa . Los partidarios más ardientes de medidas revolucionarias radicales eran denominados comúnmente como izquierdistas porque se sentaban en el lado izquierdo de las sucesivas asambleas legislativas.
Dentro de la izquierda, existe un amplio espectro político que va desde la izquierda moderada a la extrema izquierda . El comunismo (así como la filosofía marxista en la que se basa) y el anarquismo están considerados como formas radicales de izquierda política. La izquierda también está asociada con los sindicatos y las manifestaciones , aunque éstos no sean exclusivos de la izquierda. También se consideran de izquierda movimientos sociales como el de la antiglobalización , ecologismo , el feminismo , los okupas , el pacifismo o los punks .
Los conceptos de izquierda y derecha, de todas formas, son relativos al país y a la situación política del propio país y del mundo. |
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