Concepto
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Definición
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Área del derecho con el que se relaciona
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Fuente
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Aportación de
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Hábeas Data |
El habeas data es la garantía de tutela de la privacidad de datos personales en poder de las entidades públicas. Si nos atenemos a su denominación, el habeas data conjuga una curiosa mixtura: de un lado, el vocablo latino habeas que evoca al clásico habeas corpus; y , de otro lado, la expresión data con su significado de información o datos, que refieren al vertiginoso desarrollo tecnológico recienten literalmente, el habeas data supondría algo. Así “traer información” o “Conservar los datos”, como el habeas hábeas significa “Traer al Cuerpo”.
Buscando definir sus alcances y contenidos mas completos, el habeas data debe brindar a
La persona afectada protección y mecanismos para obtener:
- acceso a información de su interés o a conocer datos sobre su persona que se
- Encuentren en archivos o registros
- actualización de informaciones o datos personales contenidos en archivos o
- Registros;
- rectificación de informaciones o datos inexactos;
- exclusión o supresión de “datos sensibles”, que por su carácter personal o privado
- No deben ser objeto de almacenamiento o registro a fin de salvaguardar la intimidad
- Personal o la eventual no discriminación;
- confidencialidad de informaciones o datos personales que, por su carácter
- Reservado, no debe permitirse su difusión a terceros (secreto tributario, bancario o
- Medico)
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Introduccion al Estudio del Derecho
Derecho Romano
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Enciclopedia juridica omeba, tomo XIII, Editorial Driskill, Argenitina,
1991. |
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Hacienda |
Hacienda.- Del latín "facienda" (cosas que se han de hacer) está referida, en la acepción común al cúmulo de bienes y riquezas que uno tiene. Este concepto que se corresponde con el de "patrimonio" o "capital" y señala solamente como elementos integrantes de la hacienda a cierta clase de bienes materiales -inmuebles especialmente- o bien la suma o conjunto de todos los bienes que corresponden a una persona determinada, no coincide con el
significado que a este voca blo le asigna la doctrina.
Pero en este sector, el doctrinario, el concepto de hacienda ha sufrido una evolución.
Asi si recurrimos a los tratadistas que podríamos denominar
clasicos encontramos que la concurrencia de un patrimonio bien determinado una persona física o jurídica que dispone de él y lo administra, una serie de actos y hechos que constituyen tal administración, afirman la existencia de un ente con catacteres propios, distinto de los otros similares, que se llama hacienda.
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Introduccion al Estudio del Derecho
Derecho Romano
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Enciclopedia juridica omeba, tomo XIII, Editorial Driskill, Argenitina,
1991. |
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Hacienda |
Hacienda.- Patrimonio conjunto de bienes de una persona. Cumulo o conjunto de bienes del Estado, muebles e inmuebles, rentas, impuestos y demas ingresos, destinados a la satisfacción de las necesidades públicas y al progreso nacional. Rama de la Administración pública encargada de tales bienes y recursos en cuanto a su recaudación conservación y aplicación.
La Hacienda pública, el Fisco o Tesoro nacional, en expresiones sinónimas habituales, que en tiempos de las monarquías absolutas se denominaba tambien Real Hacienda, personifica los derechos y obligaciones del Estado, sus créditos y deudas, su activo y pasivo, su haber y su debe. En sentido positivo economico, integran la Hacienda pública las contribuciones directas
e indirectas, los monopolios y servicios explotados por la Administración, las propiedades y derechos estatales y los recursos del Tesoro.
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Introduccion al Estudio del Derecho
Derecho Romano
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Guillermo Cabanellas, Diccionario Enciclopédico de derecho usual, Tomo IV,
Ed. Heliasta, Argenitina, 1997 |
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Hecho |
(del lat. factus.) Acción o acto humano. Suceso o acontecimiento. Acción u obra. Asunto o materia de que se trata. ll Der. Caso que da motivo a la causa o pleito. Un hecho jurídico puede ser el nacimiento, la muerte o algún accidente |
Derecho Civil
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"Enciclopedia Hispánica" Tomos: 7,8. Encyclopedia Britannica Publishers, INC. 1° Reimpresión |
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Hecho |
Al momento de nacer, se presenta un hecho jurídico, y desde este momento la persona, sus actos y los hechos en su existencia eran regidos por las leyes. |
Derecho Civil
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"Derecho en los Negocios" México DF, 1995. Ed Thomson Rangel Charles, Juan A. Sanromán Aranda Roberto |
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Hecho |
Según lo establecido en el artículo 22 del código Civil Federal, la capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el código antes mencionado. |
Derecho Civil
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"Enciclopedia de México" Tomo: 7 Enciclopedia Británica de México. 2° Edición |
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Hecho Juridico |
Es entendido por los alemanes como
“cualquier acontecimiento natural o humano productor
de consecuencias de derecho.
PUGLIATLI dice: “Se designan como hechos jurídicos a
todos los hechos naturales o humanos qué producen
consecuencias jurídicas. El hecho jurídico está pues,
constituido por la síntesis de un doble elemento: el
hecho natural o humano (elemento material), y la
calificación proveniente del ordenamiento jurídico
(elemento formal).”
TRABUCCHI dice: “Los hechos jurídicos se distinguen
fundamentalmente en naturales y humanos, los primeros
son aquellos qué no dependen de la voluntad del
hombre, nacimiento, muerte, enfermedad, incendio...los
segundos denominados actos humanos son los realizados
por un sujeto de derecho, como el contrato o el acto
de violencia”.
Por el contrario, de acuerdo a las opiniones citadas
por PLUGLIATTI Y TRABUCCHI, el hecho jurídico es en
sentido estricto queda reservado únicamente para
calificar así a los acontecimientos en cuya
realización la voluntad no interviene.
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Introduccion al Estudio del Derecho
Derecho Civil
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Introducción al estudio del Derecho Civil, trad. al
esp., 2da Edición, México, 1943, pág 218. |
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Heredero |
Persona que, por disposición legal, testamentaria o excepcionalmente por contrato, sucede en todo o parte de una herencia; es decir, en los derechos y obligaciones que tenía al tiempo de morir, el difunto al cual sucede. Es el continuador de una causa, doctrina o actitud.
Se clasifica como:
Ø Heredero Ab intestato o legítimo
Ø Heredero Absoluto
Ø Heredero Anómalo
Ø Heredero Aparente
Ø Heredero Beneficiario
Ø Heredero Condicional
Ø Heredero de Confianza
Ø Heredero del Mandatario
Ø Heredero del Tutor
Ø Entre otros...
Está considerado como el elemento central de la teoría testamentaria, ya que se trata del sustituto del de cuius en la titularidad de su patrimonio.
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Derecho Civil
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Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual
Tomo IV
F - I
25a. edición
Editorial: Heliasta
Pg. 254 - 257 |
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Heredero |
Persona que por disposición legal, testamentaria o por contrato, sucede en todo o parte de una herencia. |
Derecho Civil
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"Enciclopedia Hispánica" Tomos: 7,8. Encyclopedia Britannica Publishers, INC. 1° Reimpresión |
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Heredero |
El heredero es aquel al que le corresponde una parte significativa de la herencia. Todo heredero tendrá derecho a lo que se planteé en el testamento, pero esto puede ser repudiado así que no es totalmente definitivo. |
Derecho Civil
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"Derecho en los Negocios" México DF, 1995. Ed Thomson Rangel Charles, Juan A. Sanromán Aranda Roberto |
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Heredero |
El heredero podrá rechazar lo heredado; si el heredero es también albacea y rechaza este título, perderá su derecho a ser heredero.
En el artículo 1283 del Código Civil Federal, el testador puede disponer del todo o de parte de sus bienes. la parte de que no disponga quedara regida por los preceptos de la sucesión legitima.
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Derecho Civil
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"Enciclopedia de México" Tomo: 7 Enciclopedia Británica de México. 2° Edición |
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Herencia |
Esta palabra que etimológicamente proviene del griego jeros (despojado, dejado, abandonado) y del latín heres (heredero), significa gramáticalmente tanto el derecho de heredar como el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que al morir una persona son transmisibles a sus herederos o a sus legatarios.
Eiológicamente tiene también el sentido del conjunto de caracteres anatómicos y fisiológicos que los seres vivos heredan de sus progenitores, según define el diccionario de la Academia.
Ateniéndonos ahora al aspecto de la sucesión mortis causa de los bienes de una persona, es de señalar que herencia es la sucesión en los bienes y derechos que tenía alguno al tiempo de su muerte; y el conjunto de los mismo bienes y derechos que deja el difunto con la característica a título universal de la sucesión integra en el activo y en el pasivo del causante.
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Derecho Civil
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Enciclopedia Jurídica Omeba
TOMO XIII
Gara - Hijo
Driskill S.A. |
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Herencia |
Conjunto de bienes, derechos y acciones que se heredan. |
Derecho Civil
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"Enciclopedia Hispánica" Tomos: 7,8. Encyclopedia Britannica Publishers, INC. 1° Reimpresión |
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Herencia |
Esta palabra que etimológicamente proviene del griego jeros (despojado, dejado, abandonado) y del latín heres (heredero), significa gramáticalmente tanto el derecho de heredar como el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que al morir una persona son transmisibles a sus herederos o a sus legatarios.
Eiológicamente tiene también el sentido del conjunto de caracteres
anatómicos y fisiológicos que los seres vivos heredan de sus
progenitores, según define el diccionario de la Academia.
Ateniéndonos ahora al aspecto de la sucesión mortis causa de los bienes de una persona, es de señalar que herencia es la sucesión en los bienes y derechos que tenía alguno al tiempo de su muerte; y el conjunto de los mismo bienes y derechos que deja el difunto con la característica a título universal de la sucesión integra en el activo y en el pasivo del causante.
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Derecho Civil
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Enciclopedia Jurídica Omeba
Tomo XIII
Gara - Hijo
Driskill S.A. |
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Herencia |
Derecho de heredar o suceder. Conjunto de bienes, derechos o acciones que se heredan. Fenómeno biológico por el cual los ascendientes transmiten a los descendientes los caracteres psicofisiológicos normales o patológicos aunque con más frecuencia se aluda más a las negativas como el alcoholismo.
En términos legales se dice que la herencia es “La herdad y los bienes y los derechos de algún finado, sacando ende las dudas que debía y las cosas que y fallare”. Por tanto herencia se entiende como transmisión de los derechos activos y pasivos que una persona tenía en vida, otra que sobrevive a la cual el testador o la ley llaman para recibirlos, Igualmente se presenta cual conjunto de los bienes y derechos de una persona que no se
extinguen por su muerte.
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Derecho Civil
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Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual
G. Cabanellas
Tomo IV
F-I
Editorial Heliasta. |
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Hijo |
(Del lat. filius.)
Persona o animal respecto de su padre o de su madre.
Cualquier persona, respecto del pueblo o país de que es natural. |
Derecho Romano
Derecho Familiar
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"Enciclopedia Hispánica" Tomos: 7,8. Encyclopedia Britannica Publishers, INC. 1° Reimpresión |
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Hijo |
Descendiente en primer grado de una persona. |
Derecho Familiar
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"Derecho en los Negocios" México DF, 1995. Ed Thomson Rangel Charles, Juan A. Sanromán Aranda Roberto |
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Hijo |
Según el articulo 293 del código civil federal el parentesco de consanguinidad es el que existe entre personas que descienden de un mismo progenitor. en el caso de la adopción plena, se equiparara al parentesco por consanguinidad aquel que existe entre el adoptado, el adoptante, los parientes de este y los descendientes de aquel, como si el adoptado fuera hijo consanguíneo.
Los ascendientes de esta persona, serán los que tenga la patria potestad, siempre y cuando ésta no se haya perdido por una sentencia de un juez, o que se haya
acreditado. El hijo será el primero en orden para obtener la herencia.
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Derecho Familiar
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"Enciclopedia de México" Tomo: 7 Enciclopedia Británica de México. 2° Edición |
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Hipoteca. |
Es la garantía real mediante la cual se afectan bienes inmuebles como respaldodel cumplimiento de una obligación.
A la prenda de determinados bienes muebles (barcos y aeronaves) se las denomina hipoteca.
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Introduccion al estudio del Derecho
Derecho Civil
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Peniche Bolio, Fransisco J.
Introducción al estudio del Derecho
Porrúa, México, 1990 |
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Hogar |
La casa que se habita // La familia con que se comparte la vivienda
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Hoja |
De la acepción botánica deriva de cuchilla de las armas más blancas // Por antonomasia, la espada// Lámina delgada de papel u otra materia // Foja, folio // Cada una de las varias partes de una tierra labrantía o de pastoreo que es sembrada y se pasta un año y se deja de descanso otro más.
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Homicidio |
Homicidio involuntario es “un homicidio ilegal, no intencional, causado al cometer un acto ilegal, 'malum in se', sin ser un delito que ponga en peligro una vida o por un acto que constituya tal indiferencia de las probables consecuencias dañinas para otro, tal que constituya una conducta injustificable o imprudente.”
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Homicidio Involuntario |
Es un homicidio ilegal que no es proveniente de malicia, sino de repentina pasión inducida por una provocación razonable, combate repentino, o fuerza excesiva en defensa propia.
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Homicidio Involuntario |
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Homologar |
1. tr. Equiparar, poner en relación de igualdad dos cosas.
2. tr. Dicho de un organismo autorizado: Registrar y confirmar el resultado de una prueba deportiva realizada con arreglo a ciertas normas.
3. tr. Dicho de una autoridad: Contrastar el cumplimiento de determinadas especificaciones o características de un objeto o de una acción.
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Real Academia Española © Todos los derechos reservados Diccionario
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Homonima |
La homonimia consiste en la similitud de nombres y apellidos entre ciudadanos.
Para evitar ser confundido con un delincuente terrorista o delincuente común, por el hecho de tener el nombre parecido o igual que el de uno de ellos, debe solicitar un certificado de homonimia al juzgado penal especializado de turno.
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Homonimia
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Honradez |
De ( honrado ). Rectitud de ánimo, integridad en el obrar.
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Real Academia Española © Todos los derechos reservados Diccionario
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Huelga |
Cesación colectiva y coordinada del trabajo por parte de los trabajadores, con el objeto de obtener determinadas condiciones de sus patrones o ejercer presión sobre los mismos. |
Derecho Laboral
Derecho Procesal Laboral
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"Enciclopedia Hispánica" Tomos: 7,8. Encyclopedia Britannica Publishers, INC. 1° Reimpresión |
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Huelga |
Tiempo en que alguien está sin trabajar. Cesación colectiva del trabajo para obtener determinadas reivindicaciones. Tiempo que media sin labrarse la tierra. Recreación hecha comúnmente en el campo o en algún lugar ameno. Lugar que convida a la recreación
Según la Ley Federal del Trabajo, en su Título Octavo Artículo 440° , la huelga es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores. Según el articulo 445 de la misma ley , la huelga es ilícita:
I. cuando la mayoría de los huelguistas ejecuten actos violentos contra las personas o las propiedades; y
II. en caso de guerra, cuando los trabajadores pertenezcan a establecimientos o servicios que dependan del gobierno.
Según el artículo 446 dela ley anteriormente la huelga justificada es aquella cuyos motivos son imputables al patrón.
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Derecho Laboral
Derecho Procesal Laboral
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"Derecho en los Negocios" México DF, 1995. Ed Thomson Rangel Charles, Juan A. Sanromán Aranda Roberto |
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Huelga. |
Es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores. Puede abarcar a una empresa o a uno o varios de sus establecimientos. La huelga debe limitarse al mero acto de la suspensión del trabajo.
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Derecho Laboral
Derecho Procesal Laboral
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Ley Federal del Trabajo. Artículos 440 a 443 |
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