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Concepto

Definición

Área del derecho con el que se relaciona

Fuente

Aportación de


Facultad Potencia, virtud, capacidad o aptitud física o moral. La facultad es eñ principio próximo o inmediato de nuestra operación; o sea el poder que el alma tiene de obrar con conciencia y libre determinación de sus actos.

Del latín faculta-atis: capacidad, facilidad, poder; de facul y facile: fácilmente; de facilitas-atis: habilidad; de faciles-e factible, de facio-is-ere: habilidad para realizar una cosa.

Introduccion al Estudio del Derecho

Derecho Civil

Diccionario Jurídico Mexicano. Editorial Porrua. PP. 1406  


Facultad

El concepto jurídico de facultad indica que alguien esta investido jurídicamente (por una norma de derecho) para realizar un acto jurídicamente válido, para producir efectos jurídicos previstos. Presupone la poseción de una potestad o capacidad jurídica para modificar válidamente la situación jurídica.

Introduccion al Estudio del Derecho

Derecho Civil

Diccionario enciclopedico de Derecho Usual . Editorial Heliasta. Cabanellas Guillermo PP. 7  

Falsedad Falsedad: (Proviene del latín, falsitas, cuyo significado precisamente en forma literal es falsedad, mentira, la cosa falsa).
Al manejar conceptualmente la voz falsedad, observamos que tiene diversos sentidos por la amplitud de su propia raíz. Pero de manera fundamental se entiende como la falta de verdad, legalidad, o autenticidad; traición, deslealtad, doblez, engaño, fraude, falacia, mentira; es toda disconformidad entre las palabras y las ideas o las cosas; cualquier mutación, ocultación, o desfiguración de la verdad y de la realidad que produce la nulidad de los aspectos jurídicos de conformidad con las leyes civiles y que se tipifica en la legislación penal.

Introduccion al Estudio del Derecho

Historia del Derecho

Diccionario Jurídico Mexicano, Instituto de Investigaciones Jurídicas, Editorial Porrúa, S.A., Universidad Nacional Autónoma de México, Cuarta Edición, 1991, página: 1424.  

Falsedad :Falta de verdad , legalidad o autenticidad. | Traición, deslealtad, doblez. | Engaño o fraude. | Falacia, mentira, impostura. | Toda la disconformidad entre las palabras y las ideas a las cosas. | Cualquier mutación, ocultación o desfiguración de la verdad y de la realidad que produce la nulidad de los actos jurídicos según las leyes civiles o sancionada, como delito en los códigos penales.

Introduccion al Estudio del Derecho

Historia del Derecho

Cabanellas Guillermo de Torres, "Diccionario Jurídico Elemental", Editorial Heliasta, 1998, página: 165.  

Falsedad :Procedimiento principal o incidental dirigido contra un documento auténtico para mostrar que ha sido alterado, modificado o completado con falsas indicaciones o hasta elaborado totalmente.
Un procedimiento análogo puede utilizarse igualmente como título principal o incidental contra un documento con firma privada que haya sido ya objeto de una verificación de escritura, si la parte sostiene que el acto ha sido materialmente alterado o falseado después de dicha verificación.

Introduccion al Estudio del Derecho

Historia del Derecho

Guillen Raymound, Jean Vicent, "Diccionario Jurídico", Editorial Temis, Segunda Edición, 1990, página: 183.  

Falta Infracción sancionado con pena leve

Relevancia a Nivel Internacional: Cuando una persona no conoce bien las leyes de otro país ya sea por que es nuevo residente del lugar o simplemente por que es turista, y comete un delito menor, este puede ser anulado debido a la condición del extranjero, o bien las embajadas pueden llegar a un acuerdo.

Introduccion al Estudio del Derecho

Historia del Derecho

Derecho Romano

http://biblioteca.itesm.mx/cgi-bin/nav/salta?cual=www:2756  

Falsedad

Alteración o mutación de la verdad hecha con dolo, en perjuicio de otro.

Introduccion al Estudio del Derecho

Historia del Derecho

Pina Vara Rafael, "Diccionario de Derecho", Editorial Porrúa, Vigesimoprimera Edición, 1995, página: 286.  

Federación Federación (Del latín foederatio, de foeerare: unir por medio de una alianza, derivado de foedus_eris: tratado, pacto)

Derecho Romano

Derecho Procesal Civil

Derecho Civil

Valades, Dr. Diego. Diccionario Jurídico Mexicano. Editorial Porrúa. Decimaquinta Edición. Pp. 1431 - 1435  

Federación La federación es un sistema adoptado por los estados en los que el poder político está dividido entre una autoridad central o nacional, por lo general en términos de una constitución. Éste suele ser la unión política de estados bajo un gobierno soberano, en el que sus actos afectan a todos los estados miembros y a los cuidadanos. En el estado ederal al gobierno central le son asignados poderes concretos, tienen soberanía plena con los asuntos exteriores y es preeminente con respecto a la administración interna dentro de sus poderes asignados.
En México, se encuentra establecido en los artículos 40, donde se airma que está compuesto "Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior , pero unidos en una federación establecida según los pricipios de esta ley fudamental" y a. 41 donde nos dice que el "pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de los Estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal", de la ley suprema del país.

Derecho Romano

Derecho Procesal Civil

Derecho Civil

Pallares, Eduardo. Diccioario de Derecho Procesal Civil. Editorial Porrúa. Vigesimosexta Edición. Pp. 344  

Federal
Federativo o de un Estado Federal// Federalista o partidario del federalismo como sistema político nacional.

 

   

Federalismo
Sistema político en el que varios estados independientes abandonan cada
uno una parte de su soberanía en provecho de una autoridad superior.

 

   

Fehaciente
Con respecto a tu consulta puedo decirte que si ante un fedatario público aunque no necesariamente con un notario te recomiendo revises la jurisprudencia respecto al tema y ahí podrás encontrar ante que fedatario público requiere tu caso.

 

   

Fianza
Garantía que presta una persona para asegurar el cumplimiento de una obligación.
Relevancia a Nivel Internacional: Cuando se llevan a cabo transacciones de gran importancia (que existe de por medio una gran cantidad de dinero) las entidades que se vean inmersas deben asegurar su inversión, ya que no solo
afecta a las personas que cierren el negocio, sino al país entero; esto solo puede ser posible si los implicados aportan una cantidad extra (fianza)que denote su interés y seriedad ante la negociación, así todos se ven respaldados ante algún incumplimiento de cualquier parte.

Derecho Bancario

Titulos y Operaciones de CRedito

http://biblioteca.itesm.mx/cgi-bin/nav/salta?cual=www:2756  

Fianza
Obligación accesoria que uno contrae para seguridad de que otro pagará lo que debe o cumplirá aquello a que se obligó tomando sobre sí el fiador verificarlo en caso de que no lo haga el deudor principal, el que directamente estipuló para sí.

 

   

Fianza mercantil

Obligación accesoria que tiene por objeto asegurar el cumplimiento de un contrato o acto de comercio, aunque el fiador no se comerciante.(Artículo segundo de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas)

Derecho Bancario

Titulos y Operaciones de Credito

Derecho Mercantil

1. CABANELLAS, Guillermo. Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual. Tomo II. 25 ed. Editorial Heliasta. Argentina. 1997. Pág. 354

 

Fideicomiso

 

Disposición de última voluntad en virtud de la cual el testador deja sus bienes, o parte de ellos, encomendados a la buena fe de una persona para que, al morir ésta a su vez, o al cumplirse determinadas condiciones o plazos, transmita la herencia a otro heredero o invierta el patrimonio del modo que se le señale. Por un influjo anglicista el vocablo ha adquirido sentido político e internacional muy distinto.

 

CABANELLAS DE TORRES, Guillermo. Diccionario Jurídico Universitario. Tomo 1, Edit. Heliasta, Colombia, 2000, pág. 433

 

 

Filiación
Vínculo entre los padres y los hijos
Relevancia a Nivel Internacional: cuando padres e hijos se encuentran distantes (en diferentes países) la distancia no rompe el lazo familiar, y la ley del país tiene que respetar al tutor(si es que el hijo es menos de edad), así que no importa donde te encuentres, tus padres siempre serán tus padres.
Derecho Familiar
http://biblioteca.itesm.mx/cgi-bin/nav/salta?cual=www:2756  

Filosofia


La Filosofía es un concepto colectivo para todo aquello que no puede aún ser tratado científicamente. En el curso del tiempo se han desprendido de la Filosofía diversas disciplinas tales como la Lógica, Ontología, Metafísica, Epistemología etc.

El objeto de la Filosofía es lo suprarracional, lo incomprensible, lo que se halla por encima de la razón o, por lo menos, en las fronteras de ella. Para muchos autores la Filosofía es la teoría del conocimiento cuyo estudio es la posibilidad del conocimiento mismo, los presupuestos y limitantes del conocimiento posible; para otros, es el estudio del hombre como fundamento y supuesto de todo lo demás, es decir, todo está en la realidad referido de alguna manera del hombre.

La filosofía se distingue de las otras ciencias por su punto de vista. Cuando considera un objeto, lo mira siempre y exclusivamente desde el punto de vista del límite, de los aspectos fundamentales.

Introduccion al Estudio del Derecho

Derecho Romano

Histopria del Derecho

 

Introducción a la Filosofía, Zea, Leopoldo. Editorial Edicol. México, DF. Pág. 7  

Finalismo Corriente fundamental en el derecho penal. Orellana Wiarco afirma: “El sistema finalista […] parte de una acción (u omisión) finalista; ubica el dolo y la culpa en el terreno de la acción (u omisión) típica; no acepta la distinción de los causalistas en fase objetiva y subjetiva del delito; le otorga a la culpabilidad un contenido diverso, excluyendo de este elemento el dolo y la culpa, que se ubican en el estudio de la tipicidad.”

En tanto que la corriente causalista explica el resultado típico como producto de un hecho casual, la finalista sostiene que la conducta está enfocada o dirigida a un fin o resultado.

Nuestra legislación penal carece de uniformidad en cuanto a estas corrientes, pues algunas normas del Código sustantivo siguen el causalismo, y el Código adjetivo (procesal) aplica principios del finalismo respecto de una misma figura.

 

 

 

 

 

Finanazas públicas Son los recursos o rentas públicas recaudadas y administradas por el estado, e invertidos o destinados directamente por el mismo a la satisfacción de las necesidades generales de la población.

Gramaticamente se habla de un Hacienda Pública como actividad financiera del Estado que tienen por objeto investigar las diversas formas o medios por los cuales el Estado o cualquier otro poder local se procuran las riquezas materiales necesarias para su vida y funcionamiento, y tambien la forma en que estas riquezas serán utilizadas.

 

Derecho Administrativo


·Diccionario de ciencias jurídicas, políticas, sociales y económicas., Editorial
Universidad, Buenos Aires, 1996

Enciclopedia Jurídica Omega, Tomo XII, Editorial Driskill S.A., Buenos Aires,
1987.

 

Fiscal Referente al fisco. Funcionario que ejerce el Ministerio público ante los
Tribunales, ostentando .
     

Fisico La palabra proviene del latín fiscus, -i que originalmente designaba una cesta de mimbres o de junco. Era costumbre entre los romanos guardar el dinero en esta clase de cestos, apareciendo más tarde el nombre del continente al contenido. En Roma se llamaba fiscus a la parte de ingresos del Estado que se dedicaba a la manutención del príncipe, en oposición a su fortuna personal y al tesoro del Estado (llamado aerarium, -ii "erario")
En Inglés se llama: National Treasury o Internal Revenue Service.
Derecho Romano
De Santo, Victor (director). Diccionario de Ciencias Jurídicas, Sociales y de Economía. Editorial Universidad. Buenos Aires, Argentina. 1996  

Foja Arcaísmo por hoja (v.) // En América, folio u hoja de una proceso o autos.      

Forma

Manera o modo de proceder en la instrucción de una causa, instancia o proceso, y en la celebración de un contrato o acto que deba surtir efectos legales.
Es la exigencia legal de darle al contrato carácter escrito, ya se en documento público o en documento privado. La ley a veces pide a los contratantes realizar por escrito el acuerdo de voluntades, con la finalidad de otorgar seguridad jurídica a los que intervienen en dicho instrumento.
La escritura pública la pueden expedir los fedatarios públicos (notarios o corredores), o ciertos funcionarios públicos en ejercicio de sus atribuciones.
Como ejemplos de documentos públicos se encuentran los siguientes:

·Actas de ministerio público
·Actuaciones judiciales de toda índole
·Certificaciones y constancias administrativas
·Escrituras constitutivas de sociedades y asociaciones, civiles o mercantiles
·Escrituras relativas a bienes inmuebles

La escritura privada se hace entre particulares, sin que medie la intervención de fedatario o de autoridad alguna. Algunos ejemplos de documentos privados son los siguientes:

·Cartas
·Títulos de crédito, suscritos entre particulares
·Facturas, notas de venta, contrarrecibos, etc.
·Ciertos contratos que sólo requieren esta formalidad, como el de arredamiento, la fianza, entre otros.

 

Derecho Procesal civil

Teoria General del Proceso

 

Cabanellas, Guillermo, Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, 25°ed, Harla, México, 1997

 

Formulación
Acción o efecto de formular.
En derecho un formulario se define como:
Modelos para redactar escritos, instancias, resoluciones, etc.

 

   

Fraude
Abuso de confianza, acto contrario a la verdad o alarectitud,
no es otra cosa que el hecho defrustrar la ley o los derechos que de ella se nos derivan, esto es, el acto de vurlar, eludir o dejar sin efecto la dispsicion de la ley. tamien el echo de usurparons lo que por derecho nos pertenece,no hay fraude sin engaqo.

Titulos y Operaciones de Credito

Derecho Bancario

Derecho Mercantil

Diccionario Enciclopedico de
Derecho Usual
Editorial Heliasta
tomo IV F-I
 

Francisco Villa Francisco Villa.-General revolucionario mexicano. Nacío en Rancho del río grande en el año de 1878. Su nombre verdadero es Doroteo Arango. Muy joven asesina al violador de su hermana, se refugia en las montañas e inicia una guerra en contra de la opresión de los campesinos. Une sus fuerzas, que en un principio pelean sin un programa político definido, a las de la revolución comandadas por Francisco Madero en 1910 en contra del dictador Porfirio Díaz. Después del asesinato de Madero en 1913, se alía a las tropas de Venustiano Carranza en contra del general Victoriano Huerta, a quien derrota en 1914, nombra presidente a Eulalio Gutiérrez. Con Emiliano Zapata se apodera de la ciudad de México el 6 de diciembre de 1914; Carranza preside un gobierno reconocido por Estados Unidos. Villa desarrolla una guerra de guerrillas, desde el norte del país, que sigue hasta la muerte de Carranza en el año de 1920, cuando pacta con el presidente Álvaro Obregón y se retira de la política. Muere asesinado por sus enemigos en el año de 1923.

 

Historia del Derecho

 

Diccionario de biografías. Ediciones Nauta, Edición: 1998, País: Colombia, Pag: 853

 

Fraudulento Cuando por diversos motivos los agentes del acto jurídico o partes intervenientes en la relación jurídica buscan eludir por
diversos caminos el cumplimiento de la ley.

Titulos y Operaciones de Credito

Derecho Bancario

Derecho Mercantil

Eduardo Couture "Vocabulario jurídico" Ediciones Depalma Buenos Aires Quinta Re-impresión.  

Fraudulento Eludir el cumplimiento de las condiciones o requisitos exigidos por la ley normalmente competente para regirlo, o, en otros
términos, su aplicación, cambian de lugar para su celebración sometiéndose así al ordenamiento jurídico lo que se
denomina fraude.

Titulos y Operaciones de Credito

Derecho Bancario

Derecho Mercantil

Manuel Osorio y Flurit"Enciclopedia Jurídica Omeba" Editorial Driskill S.A. Buenos Aires, pag 686.  

Fuente
El diccionario de la Lengua Española define la palabra fuente de la siguiente forma: (Del lat. Fonus, fontis) f. Manantial de agua que brota de la tierra… fig. Documento, obra o materiales que sirven de inspiración a un autor.

Introduccion al Estudio del Derecho

Derecho Romano

Real Academia Española, Diccionario de la lengua española. 21a. ed., Espasa-Calpe, Madrid, 1992, p.707.  

Fuente del Derecho

Toda norma jurídica en general, no sólo la norma general sino también la individual, un deber jurídico o facultad.

 

   

Fuero

Compilaciones generales municipales. Circunstancia personal, real o local,
que determina la competencia de los Tribunales para conocer de un determinado
asunto.

 

   

Fuerza. Vigor, robustez y capacidad para mover una cosa que tenga peso o haga resistencia. Virtud y eficacia natural que las cosas tienen en sí. Acto de obligar a alguien a que dé asenso a una cosa o a que la haga. Violencia que se hace a una mujer para someterla. Eficacia. Fortificaciones de una plaza. Todo atropello y acto opuesto a razón y derecho. Agravio que le juez o tribunal eclesiástico infiere a una parte al conocer sin competencia de una causa, al tramitarla sin sujeción a forma legal o al negarle la apelación pertinente.
Derecho Penal
Diccionario jurídico, María Laura Valleta, Valleta Ediciones, 1999, Pág 345  

Fuerza Mayor Acontecimiento ajeno a la conducta del deudor y producido al margen de la misma con fuerza incontrastable, liberando al obligado de la responsabilidad del incumplimiento de la obligación.   DE PINA VARA, Rafael. Diccionario de Derecho, Edit. Porrúa, 29ª edición, México 2000. Pág. 296.  

Funcionalismo

Se ocupa de las funciones de los elementos estructurales en el interior de los sistemas sociales. Resalta un esfuerzo por demostrar que los motivos del comportamiento humano están socialmente condicionados o influidos. Las críticas más importantes que se han dirigido a estas teorías, les reprochan su abstracción, ahistoricidad y su apoyatura en recortes de una realidad más compleja

También se señala que con estas construcciones es imposible concebir la existencia de cambios sociales, porque se concentran sólo en los factores que producen estabilidad, mientras que las sociedades encierran contradicciones, desestabilizaciones, conflictos y relaciones de poder que, para las teorías del conflicto, por ejemplo, son característicos de las sociedades capitalistas. (C. Elbert)

  VALLETTA, Ma. Laura. Diccionario Jurídico, Edit. Valletta, Argentina 1999. Pág. 346.  

"No te preguntes qué puede hacer tu país por ti, pregúntate que puedes hacer tú por tu país."
J.F. Kennedy

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